Soy una pringada.
Digo, soy una trabajadora autónoma, treintañera y con ganas de ser mamá. Esa podría ser una definición esquemática de mi situación actual, y como tal (y porque soy curiosa anticipada) pues de un tiempito a esta parte, me puse a investigar si esto de ser Mujer Autónoma no se daba de hostias con lo de ser Mujer a Secas.
Es decir, si había la posibilidad de cogerse la baja por maternidad…
Pues si, se puede! De hecho, como sabía que esta info iba a serle útil a mucha mucha gente, no sólo futuras mamás sino también a futuros papás (si, la baja por paternidad también existe en el mundo del trabajador autónomo) pues le pedí a Elisabeth Alsina, experta en asesoría en relaciones laborales (entre otras especialidades), que me informara como iba el tema.
Volvamos al tema pues.
Partamos de la base de que todo el mundo (bueno, la mayoría) cree que los autónomos no tienen derecho a la baja. Pues no señoritas mías, eso no es cierto. Si se cumplen ciertos requisitos (que no son pocos, todo hay que decirlo… gracias sres de la Administración!) podemos optar a estas bajas.
Para la baja por maternidad/paternidad ocurre exactamente lo mismo, pero primero, aclaremos que es la maternidad a efectos de esta prestación.
Para la Administración la Maternidad incluye la maternidad biológica, la adopción y el acogimiento familiar y pueden beneficiarse de ella todas aquellas mamás y papás que estén afiliados a la Seguridad Social y que tengan un período de cotización mínimo. (hay varios casos dependiendo de la edad) Además, hay que estar al día con la SS, es decir, que si tienes alguna cuota atrasada…. mal rollete, no habrá prestación posible.
Dicho esto, la prestación por Maternidad dura lo mismo que la baja por Maternidad, obvio a simple vista, pero hay que tener en cuenta si ésta se disfruta en régimen de jornada completa o a tiempo parcial y si ésta se efectúa de forma simultánea o sucesiva con a del otro progenitor.
Un tanto peliagudo, pero nada imposible! Simplemente es cuestión de conocer los detalles.
¿Y cuando empieza la Maternidad?
Yo diría que ya, en el mismo momento que la idea nace en tu cabecita, pero no, eso son sólo idealizaciones mías… :))
Con la Ley en la mano diremos que la prestación por Maternidad comienza en el mismo momento en que se da a luz, el mismo día quiero decir, que no es que haya un sr. de la Administración con un cronómetro al lado de la comadrona… Y dura unas 16 semanas ininterrumpidas, aunque como en todo, hay algunos supuestos en los que estas condiciones varían (partos múltiples, discapacidad del niño, parto prematuro…etc) y también debe tenerse en cuenta si esta baja por Maternidad es a tiempo parcial o completo, ya que en estos dos casos, también se modifican las condiciones.
Muy bien, ya sabemos qué, como, cuando pero… y el cuánto?
¿Cuánto se cobra durante la baja por Maternidad?
Pues en principio el 100% de la base reguladora correspondiente. En humano: si estamos cotizando con la base mínima, que es de 893,10€ recibiremos exactamente lo mismo.
Lo suyo es que un par de años antes de ‘ser mamás’ y si lo tenemos ya pensado… es aumentar la base de cotización a 1200€ por ejemplo y aunque en principio pagaremos más de autónomos (con 893,10 –> 267,03€. Con 1200–> 360€/mes aproximadamente) después recibiremos esos 1200€ íntegros también.
Y ahora vamos a por lo Ysis, ‘Y si….’ Y si cojo la baja antes de dar a luz? Esta pregunta a mi me intrigaba muy mucho porque yo, que le tengo pánico al dolor, sé que seré de las que a los dos vómitos ya voy a ir a por la baja… Pues que sepáis que nuestro médico de cabecera puede emitirnos una baja llamada IT o lo que es lo mismo: Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes y esto también nos da derecho a una prestación económica, que se mantendrá hasta el momento del parto donde empezará entonces, la baja por maternidad.
Y por último ¿Cómo tramitar la Solicitud de Prestación por Maternidad?
Bufff, pues esto es complejo, pero a grosso modo diremos que desde el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) nos dicen que debemos presentar:
- -el informe médico
- -el documento oficial de la SS para dicha prestación
- -la declaración de la situación de actividad
- -el modelo 145
Y después de todo esto… seremos oficialmente Mamás Autónomas cobrando la Prestación de Baja por Maternidad.
Como os digo, yo he hecho un súper-mega resumen de todo el proceso, pero ante la duda, siempre es mejor consultarlo con un gestor de confianza…
Pues nada mamás y papás, yo voy mentalizándome y cualquier día os sorprendo con un ”Miniyuppie en marcha”
Un abrazote,
Elia
Muuuuy interesante esta entrada!
Muchas gracias por la información!
Espero que os sea de gran ayuda la cápsula que he redactado sobre maternidad :)
Mi mujer es autonoma y se subio la cuota de autonomos , se quedo enbarazada y hasta la ultima semana estuvo trabajando la pobre ! Y le llaman de la seguridad social diciendo que haber porque se a subido la cuota , y ella contesto que por que no podia subirse y haber porque ahora habia cogido la baja y le dice que estaba de 39 semanas embarazada… Su contestación fue que eso es un fraude y nose puede hacer! Y hoy mismo a tenido que llevar todos los papeles con toda la documentación y un papel escrito el porque de su baja y la subida de la cuota! Vamos que no le creen y asi se a quedado la cosa! Triste pero cierto, ganando justo para cubrir gastos incluso algunos meses perdiendo dinero, pagando la cuota casi mas alta de autonomos para que ahora la semana que viene, verse con una de la seguridad social para haber que le pasa, pero ya le an advertido de que lo mas probable es que se quede sin nada! INDIGNANTE , después de haber pagado todo ese dineral para ahora que te vengan con esas! A escasas dos semanas para salir de cuentas y con el nivel de estres que tiene la pobre y las lloreras que se esta pegando…. En fin ya no hay vuelta atras, la rabia me da que conocidos nuestros lo an hecho incluso ahora mismo con el segundo hijo y ningun problema.
Buenas, como ha terminado tu historia? Te han pagado algo? Estoy en una situación similar… Gracias
Gracias por la información! la verdad que son muchas las consultas que entraban por este tema :D
Hola:
Elía, nunca he preparado un post pero creo que en este campo tengo mucho que aportar.Si el tema te parece interesante.Prometo hacerlo en cuanto el trabajo del taller baje un poco.
_¿Sabes que según el trabajo que desarrolles puedes solicitar el la prestación por riesgo durante el embarazo?,Esto supone el 100% de la base de cotización.
_ ¿sabes qué si tu trabajo constituye un riesgo durante la lactancia puedes tener la misma prestación hasta que tu bebé cumpla los 9 meses?;
_¿Conoces si:los productos que utilizas, la postura de trabajo, las máquinas ,etc, constituyen un riesgo para tu bebé?,
_¿Sabes la cantidad de problemas que ponen muchas(demasiadas) mutuas para gestionar el riesgo durante el embarazo en caso de mujeres autónomas? y¿ que en muchas ocasiones te piden que la sociedad de prevención te haga una evaluación de riesgos (previo pago de unos 200-300€),a pesar de que la ley de prevención de riesgos capacite al autónomo para hacer dicha evaluación?…
Sin lugar a dudas para mi, ser madre es lo mejor que soy, tengo 3 hijos.Con el primero, pague la novatada y pase detrás de una mesa,trabajando 12 horas con químicos porque no había otra¿o si?.Hoy con la tercera, he tenido que pelearlo muchísimo, pero he protegido a mi hija durante el embarazo y la lactancia. Espero que tu post haga que estas situaciones sean cada vez menos frecuentes. Buen trabajo.
Efectivamente hay posibilidad de cobrar prestación por riesgo durante el embarazo siempre y cuando haya una incompatibilidad entre el normal avance de gestación y el trabajo a desempeñar. La prestación es del 100%.
En cuanto a prevención de riesgos laborales, si tenéis dudas al respecto, también os puedo orientar puesto que soy técnico superior en PRL además de asesora laboral.
Muy buen apunte Inés!!!
hola buenas tardes. soy autónoma ,tengo un centro de estética, estoy embarazada de 32 semanas y el 90 %de mi tarea es trabajar con maquinas que pesan y además con equipos que producen ondas, como cavitación , radiofrecuencias…
el caso que al ser el negocio mio he querido aguantar lo posible con ayuda de mi socia pero ya hay que meter a otra pesona para que ocupe mi puesto,
querria saber como solicitar la baja por riesgo laboral para poder cobrar por lo menos lo que me queda hasta el parto 100% de la base.
no se si tengo que ir a mi medico sin mas y exponerle el caso o tengo que rellenar algún impreso o algo.
estoy un poco perdida y mi gestoría me dice que si me dan por riesgo si cojo el 100% pero no sabe orientarme de como hacerlo…
me gustaría plantearlo ya entre esta semana y la otra,puesto que ya estoy muy avanzada y la maquinaria pesa demasiado para manejarlo y no quiero exponer al bebe a ningún riesgo.un saludo y gracias por la atención!!!!y si pudiera informarme también sobre lo que he leído de cobrar 100%por riesgo durante la lactancia.un saludo!!!!
Hola Noelia:
Mira en la web de tu mutua por norma general lo tienes todo en su página web. Con mi mutua Fremap tienes que rellenar un formularios por Riesgo durante el embarazo,,solicitar un informe en el médico en el que se recoja el tiempo de embarazo y que es un embarazo normal y una evaluación de riesgo.
El problema, te lo digo por propia experiencia, mia y de otras personas, es que te suelen pedir que la sociedad de prevención evalue de riesgos de tu puesto. Si te sucede recuerdale a tu agente de la mutua que en el caso de los autónonomos con menos de un número de trabajdores(no sé si son 6)a cargo la evaluación de riesgos la haces tu misma. Es sencillo.
Además, no sé si sólo en Andalucia (si quieres lo consulto ) creo que la persona a la que contrates para cubrir tu puesto tiene la segruidad social cubierta.falta dímelo y lo consulto.
Feliz maternidad.
Excelente!! Tengo una pregunta: dices que para recibir una prestación mayor, hacen falta 2 años de cotización mayor? Cuantos meses exactamente antes de darte de baja tienes que aumentar tu cotización?
Un besote!!
Recomiendo subir la base de cotización mínimo 1 año antes del parto, pero siempre tened en cuenta que sólo hay 2 períodos abiertos durante el año para aumentar las bases de cotización de los autónomos.
:)
A no ser que te des de baja y de nuevo de alta, en cuyo caso, puedes cambiarla sin problemas. Lo digo porque yo soy de esas autónomas esporádicas que se da de alta cuando hay facturas y me dijeron que no había problema al hacerlo así.
Reblogueó esto en AsturGalicia Noticias.
Hola, un post muy interesante!!!
Yo insisto muy mucho en la “baja por riesgo laboral durante el embarazo”!
Elia miralo bien! Eso es un tema que nadie conoce, las empresas no te lo comentan…
Es como un “secreto”.
Esto te lo suelen decir otras madres porque, tú, claro, no tienes ni idea!!!
En función de tu puesto de trabajo, tienes derecho a unas semanas ya establecidas de baja por riesgo laboral! Y cobras el 100%. Es un derecho!!!!
Ejemplo: las reponedoras las pueden coger a las 25-30 semanas creo.
Oficinista: semana 37 de embarazo!
Yo la solicité en mi segundo embarazo! Y me fui a la semana 37.
Ninguna pega, ningún problema, tramitación super rapida por la Maz.
Pero mi empresa no tenía ni idea de que existía, se lo tuve que decir yo…
Ojo: no hay que estar de baja por enfermedad para solicitar este tipo de baja. Tienes que estar en perfecto estado de salud, si no te dan la otra (baja por enfermedad), y no cobras el 100%
Si necesitáis alguna aclaración, yo os ayudo.
Un beso
Cuidado con lo del riesgo durante el embarazo, puesto que pueden denegarse si no hay causa incompatible entre el avance del embarazo y el trabajo desempeñado. Y ahora por lo que sé deniegan muchas más prestaciones porque como bien sabéis no hay dinero en las Arcas Públicas.
Siento discrepar! ;-). Soy empleada, claro quizás es diferente que ser autonoma.
Yo cogi la baja por riesgo laboral durante el embazo hace un año exactemente. Y la ley establece la semana que tu puedes coger la baja por riesgo laboral según tu puesto de trabajo… A mi, me toco la semana 37 por trabajar en oficina. Lo tienes que tramitar un par de semanas antes, tu empresa tiene que preparar los documentos (o la gestoría). Yo fue al medico de cabezera y mi dio un papel diciendo de cuantas semanas estaba y que estaba en “perfecta salud”. La maz (mutua) no me hicieron ni un prueba… Me parecio tan fácil que no me lo creía!…
Para solicitarlo no pierdes nada!
Esta baja es un derecho que tiene la embaraza… y dudo que se rechase la prestación. Otra cosa es que te digan que tienes que estar de más semanas, o que no puedes porque ya estas de baja laboral porque te duele la espalda, tienes que estar tumbada, etc.
Por pedir que no quedé ;-)
Besos
Puedo confirmar que conozco casos de denegación de la prestación por riesgo durante el embarazo, últimamente se miran mucho el tema de concesiones de prestaciones.
Pero claro que no se pierde nada por solicitarlo! Si el médico que valora el riesgo nos hace un buen informe, tenemos más probabilidades que nos concedan la prestación por riesgo durante el embarazo.
GRACIAS F DE FIFI por tus comentarios!
:D
Es una pena! He debido de tener mucha suerte el año pasado. :-)
Pero claro, no cogi ni un dia de baja laboral antes, me encontraba bien, pero claro llegando a 3 semanas antes de dar a luz! Una se encuentra muy pesada, y cansada la verdad!
Un abrazo!
Anne
Pues sí que es una lástima que no protejan aún más la maternidad. Es muy difícil trabajar cuando estás al final del período gestacional, muchas molestias y cansancio.
El panorama que tenemos en cuanto a prestaciones y derechos relativos a la maternidad no es demasiado alentador, es una pena!!! :(
Yo acabo de terminar de mi baja por lactancia por 9 meses. Por mi experiencia, es muchísimo más sencillo si eres laboral. En caso de que la empresa no quiera cambiarte de puesto a casa. En algunos casos hasta que tu hijo tenga 9 meses.
Todas las que trabajéis con disolventes, especialmente xileno,tolueno, biocidas, realicéis trabajos con vidrio, esmaltes cerámicos o soldeis metal. Teneis derecho a solicitar (y creo muy complicado que no os la den, el riesgo durante el embarazo).Lo esencial es la evaluación de riesgos: también son MY PELIGROSOS para vuestros bebés los trabajos con maderas duras, plomo o incluso la arcilla polimérica cuando se quema (por su composición).
Ahora, es cierto que van a intentar desanimaros por todas las vías posibles porque la máxima ahora es no dar subvenciones.
No puedo seguir si alguien quiere información, aquí me tenéis. Me voy al cole
A lo olvidaba.Por lo menos en mis dos últimos embarazos el médico no tenía ni idea de estos temas. Se limito a leer la evaluación de riesgo.De hecho, el último era traumatólogo
El periodo de lactancia no es una baja, sino un permiso retribuido en el caso de trabajadores por cuenta ajena.
En el caso de autónomas, el permiso no es posible, aunque ya hay sentencia a favor de la lactancia paterna en el caso de que la madre no pudiera disfrutarla (por ejemplo si ésta fuera autónoma).
El apunte de Inés en cuanto a la manipulación de sustancias tóxicas es totalmente cierto. Cualesquiera de las tareas que comporten manipulación de agentes peligrosos, tóxicos, cancerígenos, etc. ya sean de origen químico o biológico, la baja y prestación por riesgo durante el embarazo está asegurada.
A las trabajadoras que no seáis autónomas sabed que la empresa está obligada a elaborar una evaluación de riesgos específica de vuestro puesto de trabajo por el hecho de estar embarazadas. Tenedlo en cuenta.
Gracias Inés!!
Si perdona Elisabet. No ando muy fina en los comentarios.Tengo al bebé enfermo y tenía que salir al cole a por los mayores.
Resumiendo:
1.El Riesgo durante el embarazo se tramita mediante la mutua, normalmente tenéis toda la información e impresos en la web de vuestra mutua. Es un procedimiento sencillo y ante la duda, son ellos los responsables de definir si vuestro trabajo, es o no un riesgo para vuestro bebé. Se puede solicitar sin necesidad deque llevéis un tiempo cotizando en la seguridad social. Por supuesto la podéis pedir desde el momento que sabéis que estas embarazadas y percibís el 100%( de la base de cotización?creo que se dice así).
2.Cuando dije baja por lactancia,, perdón,perdón,me refería a Riesgo durante la lactancia natural.
En algunos casos, por ejemplo el de personas que trabajen con: maderas duras, plásticos, metales, químicos,etc.. nuestro trabajo constituye un riesgo para la lactancia de nuestro bebé. Si se os ha concedido el riesgo durante el embarazo podéis solicitar (al finalizar las 16 semanas de subsidio) EL RIESGO DURANTE LA LACTANCIA NATURAL, a vuestra mutua. EncontararÉis toda la información e impresos en su web. En caso de que se os conceda cobrareis hasta que vuestro bebé cumpla nueve meses.
Espero que todo el mundo me medio entienda aunque no esté muy fina cuando digo baja y quiero decir prestación y estas cosas. Sin lugar a dudas si yo estuviera empezando con esto de la maternidad, yo me apuntaría a la formación de Elisabet. Seguro,seguro,seguro que me habría evitado un montón de sofocones. No sé, me parece tan buena idea que me voy a plantear tener el 4º
FELICIDADES A TODAS
Quitaron la bonificación de un año?!?!?!?!?!? :'((((((((((((((
Inés, todo clarísimo y muy de acuerdo contigo en todo lo que expones! Eres toda una experta!
Creo que la maternidad/paternidad es algo que nos atañe a la gran mayoría y es muy bueno e importante compartir experiencias propias o conocidas.ç
Muchas gracias por tus comentarios! ;)
Hola Elia,
es graciosísimo que tu post haya llegado justo cuando estoy informándome para solicitar mi baja por maternidad :)
Lo he leído detenidamente y aunque soy consciente de que lo ideal para cualquiera que se quiera informar completamente es adquirir la píldora de información completa que recomiendas (y que me parece una idea súper buena), me gustaría aportar un pequeño apunte: es cierto que la prestación dura unas 16 semanas, pero no necesariamente tiene que empezar en el mismo momento de dar a luz. En mi caso, justo estoy tramitando la posibilidad de solicitarla antes por varias razones, pero sobre todo porque trabajo bajo pedido y necesariamente tengo que poner una fecha límite para los mismos, con lo cual a partir de cierta fecha ya no tendría ningún ingreso. Si no estoy mal informada, con la ley en la mano podemos solicitarla antes de la fecha prevista de parto, siempre y cuando queden al menos seis semanas después de la fecha de parto. Para ello tendremos que pedir un certificado de esa fecha a nuestro médico cuando tramitemos la baja.
Luego, hay que tener en cuenta que para cambiar nuestra base de cotización hay sólo dos momentos en el año en el que podemos hacerlo: en la revisión de Junio y en la revisión de Enero. Por ejemplo, el plazo para solicitar la revisión de Junio de la base expira el 1 de Mayo, un mes antes… así que cuidadín con las fechas límite :)
Ah! Y que para pedir la baja por maternidad por supuesto se tienen que haber cotizado un mínimo de días… ahora no recuerdo cuántos, pero que las premamás-autónomas recientes lo tengan en cuenta…
Por otro lado, ¿sabíais que hasta el año pasado teníamos derecho a una deducción del pago de nuestras cotizaciones a la SS durante un año si nos incorporábamos dentro de los dos años siguientes a la fecha de parto? Cuando aquí “el salvador de los autónomos” llegó al gobierno eliminó esa posibilidad y encima con efecto retroactivo, con lo que muchas personas tuvieron que devolver esas deducciones y se sucedieron las bajas, si no recuerdo mal. Se ve que les parecía que las autónomas teníamos muchos privilegios… y les pareció que eso ayudaba mucho al mantenimiento de la economía y a la conciliación familiar; toma paradoja entre el titulazo de la ley y las medidas que tomaron:
http://www.infoautonomos.com/ayudas-autonomos/subvenciones-para-autonomos/bonificaciones-en-el-regimen-especial-de-trabajadores-autono/
El panorama de las bonificaciones en la cuota de los trabajadores autónomos viene sufriendo importantes novedades tanto en 2012 como en 2013 a raíz de las medidas aprobadas por el gobierno en el Real Decreto 20/ 2012 de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad y en el Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del crecimiento y la creación de empleo (…)
” queda derogada la bonificación anterior para autónomas que se reincorporan a su negocio después de la maternidad, por la cual podían optar a una bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes, resultante de aplicar el tipo de cotización a la base mínima vigente en el régimen, durante 12 meses si reiniciaban su actividad en los 2 años siguientes a la fecha del parto”.
Raquel, muchísimas gracias por el aporte! :)
Todo esto que comentas está en la cápsula y ya vamos teniendo en cuenta las modificaciones y rectificaciones que este gobierno (o mejor desgobierno) está haciendo cada dos por tres.
Hoy sin ir más lejos salía en el diario la letra pequeña de la nueva Ley de Autónomos… y tela!
Pero si, tienes razón en todo lo que apuntas: días mínimos trabajados (esto también depende de la edad del trabajador sobre todo si eres menor de 21 años), posibilidad de coger la baja antes de dar a luz, pero eso es baja maternal, no por Maternidad…
Igual Eli luego va a leer todos los comentarios e irá respondiendo dudas y preguntas… :))
Por cierto y nuevamente… felicidades por tu inminente maternidad!
Un besote!
Elia
¡Muchas gracias, Elia! Por las felicitaciones y por tu post, que es excelente como ya nos tienes acostumbradas ;)
En la cápsula de maternidad se informa del tiempo mínimo que debes tener cotizado.
Efectivamente la baja maternal puede solicitarse previa al parto, aunque lo común es que la gran mayoría coge la baja por incapacidad temporal previa al parto.
La bonificación por maternidad al igual que muchas otras relativas a los contratos de trabajo se han derogado, es una lástima no incentivar la maternidad!!!
Muchas gracias, Elisabet: sí imaginé que una mayor profundización de la información estará en la cápsula informativa, como es lógico. Y además es una idea genial, como dije :)
En mi caso comenté lo de la baja maternal antes del parto por si, como es mi caso, pueda llegar a compensar solicitarla un poco antes, compensando el que nos encontramos un poquito más pesadas para trabajar y así poder reincorporarnos también un poquito antes si lo necesitamos para el funcionamiento de nuestro negocio. En mi caso, por ejemplo, estoy calculándolo porque me coincide el final de la baja en navidades, y es una época alta de pedidos; y por eso me compensa abrir las tiendas online un poquito antes para que los clientes me vayan encontrando.
Hola Raquel:
Yo también soy restauradora y aquí en Andalucía a todas las compañeras que hemos solicitado el riesgo durante el embarazo y durante la lactancia nos lo han concedido.Es un proceso sencillo,más en unas mutuas que en otras, pero por norma general todo está muy claro en sus webs:¿en qué consiste?,¿cómo solicitarla?, e incluso encontrarás los impresos y documentación que necesitas.
Recordar que los riesgos no son sólo por agentes químicos, también existen los riesgos físicos. Entre ellos se incluyen:los riesgos por posturas,radiaciones,vibraciones e incluso ruido o temperatura.Por último contemplar que entre los riesgos para el embarazo se incluye, incluso, el trabajo nocturno(se recomienda que la trabajadora abandone dicha actividad)
Respecto a lo de la bonificacion del 100% de la cuota, si se hacía pero como nadie te informaba…pues en mi caso me costó un montón de disgustos conseguir la bonificacion. Me hicieron pagar unos seis meses hasta que recibí contestación a una reclamación por escrito en la que me daban la razón y citaban la ley.Me devolvieron todos los meses que me hubiera correspondido la bonificacion. A mi y a unas cuantas compañeras que estaban en las mismas y se enteraron por mi caso
Cuando la solicite con mi segunda hija,intentaron volver a empezar.Saque mi carta y todo arreglado al minuto. Vamos que por desgracia esto es lo que nos toca cada día a los autónomos.
Si te decides, es sencillo de tramitar.Creo que es trabajo de todos cambiar la realidad de los autónomos.Este es nuestro derecho, nosotros abonamos todos los meses nuestras cuotas, a la seguridad social y a la Mutua. En este caso, como clientes de la Mutua tenemos derecho a solicitar la prestación y ya que sea la Mutua la que decida si nuestro trabajo es un riesgo para nuestro bebé o podemos estar tranquilas. Sin mayor problema y con toda la seguridad.para eso pagamos.
Muchas gracias, Inés. Sí lo sabía: algunas de mis profesoras en la escuela de restauración, por lo que sé, no tuvieron ningún problema en solicitar la baja. Parece que la cosa no funciona con la misma celeridad si eres autónoma… :S En todo caso, yo no solicité la baja por peligrosidad porque el trabajo que he tenido de restauración documental este año no lo precisaba; no trabajo con fuertes disolventes, puedo hacerlo cómodamente sentada, y cuando algo me ha planteado algún dilema lo he consultado y tomado las precauciones necesarias, como en lo que respecta a la limpieza, por ejemplo; pero sí lo conocía precisamente por el caso de estas profesoras, que la tuvieron casi desde el minuto uno. Muchas gracias de nuevo :)
Cualquier duda o aclaración al respecto, podéis contactar conmigo, soy Elisabet, la creadora de la cápsula de maternidad.
También puedo asesoraros en casos particulares, colaboro con todosonsoluciones llevando temas laborales (seguridad social, prestaciones, pensiones, etc.), prevención de riesgos laborales y protección de datos.
Encantada de leer todos vuestros comentarios y encantada también de colaborar con supperyuppies!!!
Muchas gracias a tod@s!!!
Reblogueó esto en A horrando Y Ayudando.
No cobras los 800 euros, porque al dia siguiente de cobrarlos te descuentan los 300 de la cuota, por lo tanto se queda en quinientos y pico ;-) mas vale tener al cari al lao pq con ese dinero ni pa pañales :-P
Jajajaja!!! Tienes toooooda la razón del mundo!! No es justo que cobren la cuota de autónomos durante la baja maternal!!
Dos apuntes: primero, realmente no se cobran los 800 y pico euros, porque sigues pagando la cuota de autónomo, con lo cual no sé si compensa tanto hacerse esa subida de base de cotización; y segundo, sabéis que NO se puede facturar estando en situación de baja por maternidad? :(
Es decir, pretenden que suspendas POR COMPLETO tu actividad durante cuatro meses, que sigas pagando tu cuota de autónomos y que vivas con tu bebé por 500 y pico euros al mes, que es lo que al fin te queda. Cuando termines la baja, si todavía tienes clientes, ya puedes volver con el negocio.
Y no hablemos de que la baja son 4 meses, cuando la OMS recomienda lactancia materna exclusiva de 6 meses.
Después nos quejaremos de que no nacen niños en España…
:)
La baja de autónomos siempre implica cese de actividad, por lo que por eso no se puede facturar.
En el caso de tener empresa (autónomos societarios) hay la posibilidad de dejar a cargo la actividad a un trabajador, otro socio o familiar.
Efectivamente durante la baja se sigue pagando la cuota. De momento así es y creo que no hay intención alguna de modificación al respecto :(
Es lo que siempre digo Lucía, después se nos quejan de los índices de natalidad y es que pocas facilidades hay para la maternidad.
Yo os explico mi caso, soy trabajadora autónoma y di a luz el pasado Abril. Estaba dada de alta desde Octubre, que es cuando empecé la actividad de la empresa y justo en Abril cumplía 188 días dada de alta. Pues bien, los Sres de la SS me dijeron que creían que estaba cometiendo un fraude y que me mandarían un inspector a casa para ver si de verdad estaba realizando alguna actividad. A día de hoy sigo esperando a que venga el maldito inspector, ya me he cogido el Alta y ahora mi marido está disfrutando de la baja por paternidad. Hemos realizado varias llamadas, nos llegó una carta diciendo que se pasaría el inspector, pero ya os digo, a día de hoy “ni está, ni se le espera”. Qué puedo hacer más? Mando un burofax?? Gracias!!
Hola Virgina. Por regla general el INSS toma como fraudulentas las altas de autónomos que justo dan el tiempo para percibir una prestación. No, no mandes burofax.
Percibiste la prestación de maternidad o te la denegaron?
Que va, todavía estoy esperando a que se pase el inspector por casa. Me dijeron que me llegaría una carta indicando que se pasaría un inspector y una vez se pasase y viera que efectivamente estoy trabajando pues que me aceptarían la prestación. Pero ya te digo, todavía estoy esperando. Ha dado la casualidad que cuando di a luz cumplía 188 días, pero bueno tranquila estoy porque tengo todas las declaraciones de IVA, la declaración Anual, las cuotas de autónomos al día, facturas, tickets…vamos que está todo en regla. He llamado varias veces y la respuesta que me dan, es que “ya se pasarán”, así que esperaremos…y santa paciencia!
PD: si quereis visitar nuestra web es http://www.coserycantar.es o nuestro facebook http://www.facebook.com/CosiendoCantando.
Graciasss!!
Ya sabes Virginia… las cosas de palacio van despacio… Si te han dicho eso es que lo harán, pero vete tú a saber cuándo.
Qué cositas más monas!! ;) Le acabo de echar un ojo… :P
Hola Virginia, parece que no eres un caso único: una amiga mía también tuvo su visita de rigor durante la baja, precisamente por subirse la base de cotización. Lo que quería ver el inspector es que, efectivamente, trabajaba en algo: así que teniéndolo todo en regla como es tu caso, sin problema. Ahora bien, debo reconocerlo que sólo de pensarlo se me ponen los pelos de punta porque una cree tenerlo todo bien… pero es como pasar un examen, y a mí eso siempre me puso nerviosa.
Qué bueno lo de las píldoras!! Soy geniales, chicos, y hacéis un trabajo estupendo. Yo ya he tenido mis pequeños “encontronazos” con Hacienda y Seg Social… ¿Hay alguna vía por la que pueda plantearos mis dudas concretas? En esto de las ferias hay mucha información/desinformación y, al mismo tiempo, cuando consulto en la Administración me dicen todo lo contrario (incluso, alguna vez, me dio la sensación de que no me querían informar…)
Hola!
Pues Laura y yo misma podemos asesorarte en temas de SS y Hacienda. Si quieres hablamos en privado.
El mundo de la Administración es… otro mundo! En ocasiones más que informar, desinforman… Depende del funcionario! ;)
Hola Elisabeth, mi mujer se dio de alta de autónomos el 1 de abril y el 8 dio a luz, pedimos la maternidad y nos mandaron una inspección. Nosotros todo lo hicimos de buena fe para generar gasto en la empresa (por eso la dimos de alta y la empresa es de los dos, marido y mujer).
Total q nos visitaron, entregamos todos sus trabajos q SI hacia, los de mi mujer. Al cabo de un mes nos llegó una carta de anulación de los autónomos, luego otra carta con denegación de maternidad por fraude según artículo 133.
La pregunta es si nos van a enviar una tercera carta metiéndonos el gran palo o que? Por otro lado nos han dicho q si nos anulan los autónomos, podemos pedir la devolución de los mismos y estamos hablando de medio año!
Ya se que parece lo contrario pero actuamos de buena fe para generar gasto en la empresas pagar autónomos para regular la actividad de mi mujer pero parece q ellos se lo toman todo a mal.
Que te parece?
Hola!!
Si! Tenemos un servicio de Gestoría y Asesoría donde por nada y menos, podemos contestar todas las consultas específicas que tengas! :))
un besete,
Elia
Genial!! Cuando tenga algo de margen me siento a “redactar todas mis inquietudes” (que no son pocas…) y os contacto!! Muchísimas gracias!
Me ha encantado el post y los comentarios, son de mucha ayuda la verdad. Soy autónoma y estoy embarazada de 25 semanas. Tengo una tienda y me ha comentado la matrona que por el tiempo que paso de pie, el peso que manejo y demás, probablemente me den el riesgo en el embarazo no pasando de la semana 30. Como no quiero cerrar la tienda, voy a tener que contratar a alguien. Sé que durante la baja de maternidad las cuotas de la seg. social están bonificadas, pero durante el periodo de riesgo? Otra cuestión, al ser mi negocio, me gustaría pasarme de vez en cuando a controlar que todo vaya bien, pero me han dicho que si me ve un inspector, me puedo meter en líos, aunque no esté haciendo nada en la tienda, solo por estar. Habría manera durante el riesgo, de reducir la jornada, no tener la baja 100%, si no 80% o algo así? Y por último, sería posible hacer lo mismo con la baja maternal, tenerla al 50% y así aumentar el periodo de la baja de 16 semanas a 32? Mucha gracias!!!!
Sí, también el contratar a alguien para tu sustitución por riesgo durante el embarazo está bonificado.
La baja por incapacidad temporal no es posible disfrutarla a tiempo parcial, tampoco por riesgo durante el embarazo.
La maternidad sí es posible hacerla a tiempo parcial, pero con unas condiciones determinadas de reducción.
Gracias Elisabet por tu respuesta, donde puedo mirar las condiciones para la reducción de la baja maternal?
En el caso de autónomos sólo es posible realizar la baja a tiempo parcial al 50% y hay que comunicarlo a la Seg.Soc. rellenándolo en el impreso oficial de solicitud de la prestación por maternidad.
Todo esto y muchas más cosas vienen en la cápsula que hemos colgado de maternidad.
Espero haberte ayudado Ana.
Un saludo!! :)
Me has ayudado un montón, da gusto una web en la que explicas las cosas claramente. Saludos!!!
Qué interesante….. :)
No tengo intención de quedarme embarazada pero ahora que estoy de autónoma sí que es algo de lo que hablamos muchas veces, tengo un baby boom impresionante entre mis amigos: 10 embarazos este año. Esto ha generado hablar sobre autónomos etc y las bajas por maternidad. Gracias Elia!
Hola, soy autónoma y estoy embarazada de 28 semanas, creo que después de luchar contra todos los monstruos que he encontrado en el INSS por fin gracias a esta página y a ir 20 veces a preguntar a diferentes oficinas, empiezo a entender cuales son y cuales no son mis derechos a la hora de pedir la baja de maternidad :)
Solo me queda una duda y es que no se realmente como se calculan los importes a cobrar de la baja en el momento en que la quiera solicitar a tiempo parcial 50%. Según mi lógica entiendo que cobraré el 50% de 854€ que es mi base de cotización , es decir cobraré 427€ más lo que yo facture como autónoma y de ahi tendré que pagar los 254€ de la cuota de autónomos. Voy bien? o me estoy perdiendo algo?
Cuando pregunté sobre cuándo debía notificar el periodo al 50% me dijeron dos cosas diferentes:
a) puedo notificarlo cuando quiera simplemente acudiendo al INSS y haciendo el cambio, es decir cuando me siente preparada para trabajar voy tranquilamente y lo cambio.
b) en el momento que solicite la baja maternal inicial tengo que decirlo, más tarde no será aceptado el cambio.
Por otro lado tengo dudas respecto a que porcentaje de IRPF desgravarme de los 854€ de la cuota, tanto cuando coja la baja completa como la parcial. Una vez más mi lógica me dice que si me desgravo poco ( el 2%) a la hora de hacer la declaración de la renta no tendré problemas ya que el resto de facturas que he emitido durante el resto del año son al 21% y tengo acumulados bastaaaaaantes euros de IRPF este año.
Bueno espero haberme explicado bien y recibir una ayudita por vuestra parte.
Chicas sois geniales! el dia que os encontré mi humor cambió para el resto del embarazo jejeje me estaba volviendo locaaaaaaa intentando entender cosas incomprensibles!!!!
Un saludo!!! :)
Me gustaría saber si pido la baja de maternidad, después podría pedir el cese de actividad hasta que mi marido coja la parte de mi baja por maternidad que le cederé? Gracias
Me gustaria saber mas sobre el aumento de la cuota a la S.S. para cobrar algo mas durante las 16 semanas.
Doy a luz a finales de febrero 2014. Si antes del 1 noviembre 2013 subo la base de cotizacion de 256 € a una base mayor(cuanto seria?) se cobraria 1110 € en vez de 840 €??
Segun tengo entendido,es aplicable a 1 de enero de 2014.
Y cuanto tiempo debo estar cotizando con ese importe superior?
En abril 2014 podria bajar la cotizacion otra vez a 256 €?.
Mi pregunta es si esto seria tal cual y si seria rentable para mi.
Gracias
Me encuentro en tu mismo caso, digo, llevo siete años como autónoma, por tanto, puedo solicitar la baja. La cuestión es que al saber que estaba embarazada acudí a informarme a la Ventanilla Única pues desconocía cuáles eran mis derechos. Allí me comentaron todas mis opciones. Hoy mismo acudí a solitar un aumento de la base de cotización a unos 1100 euros.
Lo que me ha asombrado ha sido la respuesta de la funcionaria, muy atenta, por otro lado. Me ha comentado que el INSS está cobrando la nueva cuota y que llegado el momento de pagar, te paga la correspondiente a la cuota anterior. Lo gracioso es que me pudiera parecer normal si me devolvieran esos 100 euros, más o menos, que voy a abonar cada mes, pero no, parece que optan por quedárselo y seguir pagándote los 868. He estado indagando toda la mañana buscando una base legal para ese comportamiento sin hallar nada. ¿La tiene?
Buenas!
Soy una autónoma embarazada de siete meses que cumple los requisitos para solicitar la baja por maternidad pero quería hacerles unas cuestiones acerca de si puede combinarse con libertad las 16 semanas de baja por maternidad a tiempo completo y parcial. Me explico. He pensado empezar con la baja de maternidad un mes y medio antes de la fecha prevista del parto para intentar aprovechar el tiempo y dinero (aunque cuando le quitas a los 850 euros la cuota del autónomo no queda para tirar cohetes…)también en función del volumen de trabajo (por desgracia no está la cosa para descuidar a los clientes y los escasos encargos) ya que si comienzo con las dieciséis semanas a partir de dar a luz perdería de tener el negocio abierto casi dos meses (los dos últimos) en los que tendría algo más de trabajo, mientras que un mes y medio más o menos antes de la fecha del parto es época mala en la que no cubro ni gastos. Entonces…mis cuestiones son: Hay que coger necesariamente las 10 semanas (que serían 20) de baja a tiempo parcial seguida de las seis semanas obligatorias de después del parto? o 10 semanas es sólo un máximo? podría coger por ejemplo 11 semanas (4 antes del parto y 7 después) y continuar con 5 (que serían 10) a tiempo parcial? y ya esto sería “la leche”… podría coger 6 a tiempo parcial+3antes del parto+7después+las seis restantes a tiempo parcial???
Disculpad el “testamento” y muchas gracias de antemano!
Un saludo!
Gloria, estoy en una situacion parecida a la tuya, ¿que paso al final? ¿has podido disfrutar de la baja de alguna de las formas que has planteado? Si es a tiempo parcial (menos las 6 obligatorias a tiempo completo), puedes estar 10 antes y 10 despues y te pagan durante ese tiempo aunque sea el 50%? Muchas gracias a todos los que haceis posible esta web y a todos los que contais vuestras experiencias, porque de verdad que en algunos sitios te lian en vez de ayudarte!!!!
Tengo una pregunta ayúdenme por favor tengo ya consedida la baja materna el problema es q me lo quitaran porq me di de baja de la renta en sep y el bb nació en noviembre entonces me dicen q el pago a autonomos y la renta van juntos y en l momento en el q m di de baja de al renta pues me afecta a la baja materna aunque aya pagado siempre autonomos es verdad???
Hola, a ver si alguien puede ayudarme porque en mi gestoría están perdidos con este tema… Tengo una tienda y soy autónoma societaria (lo tengo como S.L.U.) desde septiembre de 2010. Desgraciadamente iba a cerrar ya porque las cosas van muy mal pero me acabo de enterar que estoy embarazada… :)
Mi pregunta es… Si mantengo la tienda abierta hasta que me puedan dar la baja por riesgo en el embarazo, ¿seguidamente puedo cesar mi negocio y seguir cobrando la prestación y la de maternidad después del parto? ¿Cabe la opción de pagar sólo autónomos pero sin actividad? La verdad es que sin opción al paro sería una gran ayuda.
Muchas gracias.
Hola. Soy autónoma y actualmente estoy cobrando x la base mìnima mi prestación x maternidad y yo no estoy cobrando el 100% osea los 858 euros íntegros, no soy muy ducha en el tema pero creo que te has saltado algunos descuentos que aplican al salario, con lo que se queda en bastante menos mi salario mensual…
Buenos dias. Soy Autónoma y voy a solicitar la baja por maternidad. ¿puedo darme de baja en autónomos una vez solicitada la prestación por maternidad y seguir cobrando dicha baja?. Muchas gracias
Hola tenia una pregunta tengo 23 años y quería saber cuanto tiempo hay que estar dada de alta como autónoma colaboradora para coger la baja? Ya que yo estoy embarazada de 23 semanas y fui dada de alta el 1 de diciembre del 2014 y mi fecha de parto es el 14 de mayo quería saber si me correspondía o sino donde puedo averiguarlo.
Porque tengo pensado trabajar hasta que de a luz…si mi cuerpo lo permite..gracias espero respuesta porfa
Mil gracias por tu blog.
Esta entrada me aclara muchísimo… Pero tengo una super duda que nadie me sabe responder, ojalá tú sí.
Trabajo como educadora. Soy autónoma desde hace un año.
En mayo de 2015 seré madre y dejaré de trabajar como autónoma.
Mi consulta es puedo combinar la prestación por cese de actividad y la baja por maternidad y en qué orden debería pedirlas.
Mi idea es dejar empezar a descansar en marzo.
Muchas gracias :)
el enlace para comprar la CAPSULA DE MATERNIDAD ya no funciona, lo habéis eliminado?
Hola! Hoy es mi último día de baja maternal, ya he disfrutado de las 16 semanas siendo autónoma. Mi pregunta es, quien me da el alta? Es automático al terminar la prestación? Debo realizar algún trámite? Gracias.
Tienes que ir a la Seguridad Social Cruz, ahí te darán de nuevo el alta :))
Felicidades por tu reciente maternidad!
Un saludo,
Èlia
Puedo traspasar mi negocio mientras estoy cobrando la baja por riesgo en el embarazo?
gracias.
Hola Mery, en principio si, sin problema :)
Hola, soy autónoma y me estoy planteando ir a por el bebé, me han comentado que suba la base de cotización, lo que no me queda muy claro es cuantos meses antes tengo que estar cotizando por esa base para poder cobrar la prestación de IT, baja por riesgo laboral o la de maternidad de acuerdo a esa nueva base?
Otra preguntilla, yo soy fisioterapeuta y podóloga, ósea estoy muchas horas forzando la postura y moviendo pacientes, a partir de que semana podría cogerme la baja por riesgo laboral?? Gracias
Hola Laura, yo tambien soy podologa y autonoma, has obtenido alguna informacion?, me la podrias mandar al email?
velcasma@hotmail.com
Buenas, no puedo encontrar la capsula informativa me da un 404, esta en algun otro sitio?
Gracias!
Hola Neus,
Sorry!!! Esa cápsula ya no la tenemos activa… :S
Anda, pues ahora necesitava esta información como agua de mayo. Porque me ha nacido la idea en mi cabezita y soy autonoma-novata. Alguna forma de encontrar toda esta valuosa información?
Estoy mirando mutuas pero ponen muchas pegas, no entra la maternidad en los seguros para baja temporal tipicos, en los de expresamente baja por maternidad hay carencia de un año y solo cubren un mes de baja, estoy perdida.
Muchas gracias!
Cumplo el tiempo mínimo de cotización en el regimen general, pero 2 meses y medio antes de dar a luz vence mi contrato y voy a empezar a trabajar como autónoma para dos empresas, ya lo tengo acordado. Puedo darme de baja por maternidad o el tiempo minimo de cotización debe ser en el regimen de autónomos?
Buenas tardes:
Enhorabuena por este interesante post :)
Mi duda es si el autónomo familiar colaborador también puede solicitar la baja por riesgo del embarazo o por la IT, y si hay alguna bonificación si en su lugar se contrata a otra persona.
Gracias y saludos
Yo estoy aquí para compartir mi testimonio a todo el mundo aquí en cómo me quedé embarazada después de 5 años de matrimonio. Yo y mi esposo nos casamos y no podía concebir un hijo, hemos estado en varios hospitales para remedio médico y los médicos siempre dicen que no hay nada de malo en nosotros dos. Hemos estado esperando un hijo, mi marido estaba empezando a mantener horas de la noche y no había tanta presión de la familia para que se casara con otra mujer y me divorcie. Lloraba todos los días porque me estaba perdiendo mi matrimonio. Visité un amigo en México y ella me dijo que ella también ha pasado por esta misma situación, pero ella estaba ayudado por un gran sacerdotisa de la fertilidad de África, por lo que ella me dijo que la gran sacerdotisa será capaz de ayudarme a resolver mi problema el embarazo y voy a dar a luz. Al principio, yo estaba muy nervioso para comunicarse con la sacerdotisa, pero después de 3 días, me decidí a ponerse en contacto con la sacerdotisa y me dijo que lo que tengo que hacer y la solución a mi problema. Ella me dijo que voy a concebir después de 21 días de ponerse en contacto con ella. Fui a mi ciudad, donde mi marido y yo hice el amor. Yo estaba muy de extrañar que después de 3 semanas, me sentía enfermo y fui al doctor y el doctor dijo que estoy embarazada. Después de 9 meses me di a luz a mi bebé que está aquí conmigo y estoy muy feliz de que ella me hizo una mujer cumplido. Estoy muy agradecido a la sacerdotisa por su ayuda y milagro que me ayude a salvar mi matrimonio. Cualquier persona que necesitan la misma ayuda debe ponerse en contacto con amablemente este gran sacerdotisa Kukuye a través de su dirección de correo electrónico que es templeofpregancydelivery@gmail.com
Claudia